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Manual de la Licencia de Conducir Comercial de la Florida 2008Order your own copy of this handbook 9. Materiales Peligrosos
Este glosario presenta definiciones de ciertos términos usados en esta sección. Se puede encontrar un glosario completo de la terminología en la Normativa federal sobre Materiales Peligrosos (49 CFR 171.8). Usted debería tener una copia actualizada de estas normas como fuente de consulta. (Atención: Usted no será examinado sobre este glosario. Sec. 171.8 Definiciones y abreviaturas. Empaque a granel – Un empaque, que no es un buque, o una barcaza, incluyendo un vehículo de transporte o contenedor de carga, en el cual se cargan materiales peligrosos sin ninguna forma intermedia de contención y que tiene:
Tanque de carga - Un empaque a granel que:
Transportista - Una persona dedicada al transporte de pasajeros o bienes por:
Consignatario - El negocio o persona a quien se entrega un envío. División -Una subdivisión de una clase de peligro. EPA - Agencia de Protección del Medio Ambiente de los Estados Unidos. FMCSR - Regulaciones federales sobre seguridad para las empresas de transporte. Contenedor de carga - Un contenedor re-usable que tiene un volumen de 64 pies cúbicos o más, diseñado y construido para permitir ser levantado con su contenido intacto, y principalmente para la contención de paquetes (en forma de unidades) durante el transporte. Tanque de combustible - Un tanque, distinto a un tanque de carga, usado para transportar inflamables o líquido combustible o gas comprimido a los efectos de suministrar combustible para la propulsión del vehículo de transporte al cual está unido, o para la operación de otros equipos en el vehículo de transporte. Peso bruto o masa bruta - El peso de un paquete más el peso de su contenido. Clase de peligro - La categoría de peligro asignada a un material peligroso conforme los criterios de definición del Apartado 173 y de las disposiciones de la Sec. 172.101 de la Tabla. Un material puede cumplir con los criterios de definición para más de una clase de peligro pero está asignado a sólo una clase de peligro. Materiales peligrosos - Una sustancia o material que, según ha sido determinado por la Secretaría de Transporte, es capaz de representar un riesgo irrazonable para la salud, la seguridad y la propiedad cuando se transporta para su comercialización, y que ha sido designado de esta manera. El término incluye sustancias peligrosas, desperdicios peligrosos, contaminantes marinos, materiales a temperaturas elevadas y materiales designados como peligros en la tabla de materiales peligrosos de la Sección 172.101, así como materiales que llenan los criterios de definición para clases y divisiones de peligros en la Sección 173, subcapítulo c de este capítulo. Sustancia peligrosa - Un material, incluyendo sus mezclas y soluciones, que:
Esta definición no se aplica a los productos derivados del petróleo que son lubricantes o combustibles (vea 40 CFR 300.6). Desechos peligrosos, a los efectos de este capítulo, significa cualquier material que está sujeto a los Requisitos del Manifiesto de Desechos Peligrosos de la Agencia de Protección del Medio Ambiente de los Estados Unidos, especificados en 40 CFR Apartado 262. Envase a granel intermedio (IBC, por sus siglas en inglés) - Un paquete portátil rígido o flexible, que no sea un cilindro o tanque portátil, el cual se ha diseñado para manejo mecánico. Las normas para los IBCs fabricados en los Estados Unidos se estipulan en las sub-partes N y O de la Sección 178. Cantidad limitada, cuando está especificada como tal en una sección aplicable a un material en particular, significa la cantidad máxima de un material peligroso por el cual puede haber un etiquetado específico o excepción en el empaque. Marcar - El nombre descriptivo, el número de identificación, instrucciones, precauciones, peso, especificación, o marcas UN o combinaciones de ellas, requeridas por este sub-capítulo para los empaques del exterior de materiales peligrosos. Mezcla - Un material compuesto por más de un compuesto químico o elemento. Nombre del contenido-El nombre de envío correspondiente según se halla especificado en la Sec. 172.101. Empaque no a granel -Un empaque que tiene:
N.O.S. - De lo contrario no especificado. Deficiencia - La cantidad que le falta a un tanque para estar lleno de líquido, generalmente expresada en porcentaje por volumen. Tanque portátil - Un empaque a granel (excepto un cilindro que tenga una capacidad para agua 1,000 libras o menos) diseñado principalmente para ser cargado dentro, o sobre, o unido temporalmente a un vehículo de transporte o barco, y equipado con patines, monturas, o accesorios para facilitar el manejo del tanque por medios mecánicos. No incluye un tanque de carga, auto tanque, auto tanque multi-unidad, o remolque transportando cilindros 3AX, 3AAX, o 3T. El nombre de envío correspondiente- El nombre de los materiales peligrosos mostrado en letras romanas (no itálicas) en la Sec. 172.101. P.s.i. o psi - Libras por pulgada cuadrada. P.s.i.a. o psia - Libras por pulgada cuadrada absoluta. Cantidad que Debe ser Reportada (RQ) - La cantidad especificada en la Columna 2 del Apéndice de la Sec. 172.101 para cualquier material identificado en la Columna 1 del Apéndice. Cantidad Que Se Debe Reportar – Reportable Quantity (RQ, por sus siglas en inglés) – La cantidad especificada en la Columna 2 del Apéndice a Sec. 172.101 para cualquier material identificado en la Columna 1 del Apéndice. RSPA - Administración de Investigación y Programas Especiales, Departamento de Transporte de los Estados Unidos (Research and Special Programs Administration, U.S. Department of Transportation), Washington, DC 20590. Certificación del despachante - Una declaración efectuada en un documento de envío, firmada por el despachante, diciendo que él/ella preparó el envío adecuadamente, de conformidad con la ley. Por ejemplo: "Por la presente certifico que los materiales nombrados precedentemente están adecuada-mente clasificados, descritos, empaquetados, marcados, y etiquetados y que se encuentran en condiciones adecuadas para ser transportados, de conformidad con las regulaciones aplicables del Departamento de Transporte." O "Por medio de la presente declaro que el contenido de esta partida se halla completamente y exactamente descrito arriba del nombre de envío correspondiente, y que se halla clasificado, empaquetado, marcado y etiquetado/rotulado, y que se halla en todo respecto, en condiciones adecuadas para ser transportado por * conforme a las regulaciones gubernamentales aplicables en el ámbito nacional e internacional." * Se pueden insertar palabras aquí para indicar el modo de transporte (tren, avión, vehículo a motor, buque). Documentación de envío - Una orden de envío, conocimiento de embarque, manifiesto, o alguna otra documentación de envío que sirve a un propósito similar y que contiene la información requerida por la Sec. 172.202, 172.203, y 172.204. Nombre técnico - Un nombre químico reconocido o nombre microbiológico, actualmente usado en manuales científicos y técnicos, periódicos, y textos. Vehículo de transporte - Un vehículo para el transporte de carga tal como un automóvil, camioneta, tractor, camión, semirremolque, auto tanque, o automotor usado para el transporte de carga por algún medio. Cada cuerpo de transporte de carga (remolque, automotor, etc.) es un vehículo de transporte separado. Empaque estándar UN - Un empaque con especificaciones conforme a las normas en las recomendaciones de las NU. UN - Naciones Unidas.
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